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IVA COMPRAS VENTAS | Nueva Versión 421.36.38

Factura “A” a Monotributistas

Mediante la RG 5003 la AFIP reglamentó la Ley 27.618 que establece que, a partir del 1 de Julio de 2021, los Responsables Inscriptos en el IVA deben emitir comprobantes tipo ‘A’ cuando realicen operaciones con Monotributistas.

Los comprobantes tendrán que discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente y adicionar la leyenda que establezca la reglamentación.

La nueva versión se adecua a esta nueva normativa para los comprobantes que se carguen con fecha desde el 01/07/2021 (se agregó un parámetro con esta fecha que puede modificarse).

Y además…

Se realizaron las siguientes modificaciones:

  • Períodos de IVA: Se desagregaron las Categorías Impositivas Monotributista, Exento y No Responsable.
  • Importación de comprobantes de ventas: se agregó que actualizara la numeración automáticamente.
  • Libro de IVA Digital / CITI: se agregó un parámetro general para configurar en forma masiva que todos los clientes y proveedores se informan en el Libro de IVA Digital.
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